Cómo registrar a tus beneficiarios en el IMSS | Guía 2026

Cómo registrar a tus beneficiarios en el IMSS

Actualizado en septiembre de 2026.

Registrar a tus beneficiarios ante el IMSS les permite acceder a servicios médicos, consultas, medicamentos y hospitalización a través del sistema de seguridad social. Los documentos varían según el parentesco, por lo que conviene saber exactamente qué necesitas antes de iniciar. En esta guía encontrarás las rutas disponibles, los documentos por modalidad y los pasos para completar el registro.

Familia mexicana revisando documentos oficiales para trámite ante el IMSS
Registrar beneficiarios en el IMSS permite que tu familia acceda a servicios médicos. Foto: Ana Karotkaya Photography / Kithledger

Qué significa registrar a un beneficiario en el IMSS

Cuando estás dado de alta como trabajador activo o pensionado, tienes derecho a inscribir a ciertos familiares como beneficiarios. Ellos acceden a atención médica y servicios de salud del IMSS, pero no a los beneficios económicos del asegurado (como incapacidades en dinero, pensión o aportaciones a la Afore). El trámite oficial se llama “Alta en Clínica o UMF” (homoclave IMSS-02-066) y tiene modalidades distintas según el parentesco.

Modalidades según parentesco

  • Modalidad A: Esposa(o)
  • Modalidad D: Concubina(rio)
  • Modalidad G: Padre o madre
  • Modalidad J: Hijo(a)
  • Modalidad M: Asegurado(a) o pensionado(a) —registro propio
  • Modalidad P: Persona en unión civil

Dónde y cómo realizar el trámite

Para todas las vías necesitarás a la mano tu CURP, tu NSS y un correo electrónico personal.

1. En línea con e.firma

Con tu e.firma puedes realizar el trámite las 24 horas a través del portal de servicios digitales del IMSS. Aplica para todas las modalidades (A, D, G, J, M y P).

2. En línea con CURP (modalidades J y M)

Para registrar hijos (modalidad J) o tu propio registro (modalidad M), puedes usar tu CURP sin e.firma en serviciosdigitales.imss.gob.mx. Las demás modalidades requieren e.firma.

3. App IMSS Digital (modalidad M)

Para registro propio (modalidad M), también puedes usar la app IMSS Digital: Android / iOS.

4. En la Unidad de Medicina Familiar (UMF)

Presencialmente en la UMF que te corresponda, de lunes a viernes en días hábiles:

  • Turno matutino: 08:00 a 14:00 h
  • Turno matutino y vespertino: 08:00 a 19:30 h

Documentos por modalidad

Todos los documentos deben presentarse en original y una copia.

Modalidad A — Esposa(o)

  • Identificación oficial vigente
  • Fotografía tamaño infantil (cartilla nacional de salud)
  • Copia certificada del acta de matrimonio

Si vive en domicilio distinto, comprobante de domicilio a su nombre.

Modalidad D — Concubina(rio)

  • Identificación oficial vigente
  • Fotografía tamaño infantil
  • Comprobante de domicilio (debe coincidir con el del asegurado)
  • Acta de nacimiento de hijo en común (si existe)
  • Manifestación firmada por ambos y dos testigos acreditando 5 años de concubinato

Modalidad G — Padre o madre

  • Identificación oficial vigente
  • Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento del asegurado
  • Comprobante de domicilio
  • Fotografía tamaño infantil
  • Manifestación bajo protesta de convivencia y dependencia económica

Modalidad J — Hijo(a)

  • Identificación oficial vigente (para mayores de 18 años)
  • Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento
  • Fotografía tamaño infantil

Hijos de 16 a 25 años que estudien: constancia de estudios. Hijos mayores de 16 con enfermedad crónica o discapacidad: dictamen médico.

Modalidad M — Registro propio

  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio
  • Fotografía tamaño infantil

Modalidad P — Persona en unión civil

  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio (debe coincidir con el del asegurado)
  • Documento que acredite la unión civil
  • Fotografía tamaño infantil

Datos y requisitos generales

Todas las modalidades requieren CURP, NSS y correo electrónico. Los documentos extranjeros deben estar legalizados, apostillados y traducidos al español. No se aceptan con errores ni borraduras. El formato SAV 002 debe llevar nombres completos y firma autógrafa.

Si no portas identificación pero tienes credencial ADIMSS, la UMF puede autenticarte con huella dactilar si cuenta con lector.

Quién puede realizar el trámite

  • Esposa(o): Por sí misma si el asegurado ya está registrado en la UMF.
  • Concubina(rio): En compañía del asegurado o pensionado.
  • Hijo(a) mayor de 18: Por sí mismo.
  • Representante legal: En cualquier modalidad, con instrumento público o carta poder ante dos testigos.

Costo y tiempos

El trámite es gratuito. En línea es inmediato; en ventanilla generalmente se completa en una visita.

Diferencia entre registrar y actualizar

Registrar es el primer trámite para inscribir a un familiar. Para corregir datos o cambiar domicilio existe “Actualización en UMF” (modalidades B, E, H, K, N, Q). Consulta los requisitos en la página oficial del IMSS.

Antes de registrar beneficiarios, verifica tu propia situación con nuestra guía de vigencia de derechos. También puedes consultar tus semanas cotizadas para conocer tu historial laboral. Si no recuerdas tu NSS, revisa cómo localizarlo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo registrar a mi pareja si no estamos casados?

Sí, con la modalidad D. Deben acreditar 5 años de concubinato con manifestación firmada y documentos comprobatorios.

¿Mis padres pueden ser beneficiarios?

Sí, con la modalidad G. Se requiere demostrar dependencia económica y convivencia.

¿Hasta qué edad puedo registrar a mis hijos?

Hasta los 16 años sin condición. De 16 a 25 si estudian (con constancia). Sin límite si tienen enfermedad crónica o discapacidad (con dictamen).

¿Qué pasa si mi cónyuge vive en otro domicilio?

En modalidad A se presenta comprobante a su nombre. En D, G y P no aplica domicilio distinto.

¿Puedo hacer el trámite en línea sin e.firma?

Solo para modalidades J (hijos) y M (registro propio) usando CURP. Las demás requieren e.firma.

¿Los beneficiarios reciben incapacidades o pensión?

No. Los beneficiarios acceden a servicios médicos y de salud. Los beneficios económicos (incapacidades en dinero, pensión, aportaciones a la Afore) son exclusivos del asegurado o pensionado titular.

¿Qué pasa si registro beneficiarios fraudulentamente?

Se considera fraude según el artículo 314 de la Ley del Seguro Social y se sanciona conforme al Código Penal Federal.

Conclusión

Registrar a tus beneficiarios en el IMSS es gratuito y garantiza que tu familia acceda a servicios médicos. Identifica la modalidad correcta, reúne los documentos y elige la ruta más conveniente. Para dudas, consulta en tu UMF o en el portal oficial del IMSS.

Información basada en la ficha oficial del IMSS «Alta en Clínica o UMF» (homoclave IMSS-02-066), consultada en septiembre de 2026. Verifica siempre la versión más reciente en el portal oficial.

Retrato de Santiago García, redactor de Kithledger
Santiago García
Redactor de Kithledger y escribe sobre finanzas personales, trámites, empleo y programas sociales en México. Su trabajo se centra en convertir temas complejos en guías claras y prácticas para ayudar a los lectores a tomar decisiones informadas en su vida cotidiana.